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Atlantic Image Defense LLC

Metodología de valoración y continuidad de importes

Cómo se documentan los importes revisados para una resolución amistosa, cómo se fijan en cada correspondencia y en qué casos pueden modificarse, siempre tras un cambio documentado y la aprobación expresa de una persona.

Centro de confianzaTransparencia del proceso
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Ningún aumento automático por el mero paso del tiempo

Un importe financiero ya comunicado sigue siendo, por defecto, la referencia para la correspondencia posterior. Una propuesta posterior solo puede variar si existe un cambio factual, de valoración o monetario documentado y aprobado expresamente por una persona. La correspondencia anterior no se modifica de forma retroactiva.

Contenido

  1. Naturaleza del importe
  2. Importe fijado en cada correspondencia
  3. Continuidad entre correspondencias
  4. Cuándo puede considerarse una revisión
  5. Divisa y tipos de referencia
  6. Aprobación por una persona y trazabilidad
  7. Qué muestra la correspondencia siguiente
  8. Integridad histórica
01

Naturaleza del importe

Los importes mostrados en este contexto son las condiciones de resolución amistosa revisadas por Atlantic Image Defense para el expediente identificado. Su base, divisa y continuidad quedan documentadas en la correspondencia. Puede aportarse para revisión una licencia, autorización, factura o corrección material verificable, que podrá modificar la evaluación del expediente.

02

Importe fijado en cada correspondencia

Cuando se genera correspondencia financiera, su importe, divisa, base de valoración y datos de referencia pertinentes quedan fijados en el registro del documento. Los cambios posteriores del motor de valoración, de los valores predeterminados del espacio o de los tipos de cambio no modifican ese PDF histórico ni el importe que indicó originalmente.

03

Continuidad entre correspondencias

Después de que un importe financiero se haya enviado efectivamente, ese importe comunicado y su divisa se convierten en la referencia predeterminada para la correspondencia financiera posterior. Un nuevo cálculo del expediente puede generar otra recomendación para su revisión, pero no sustituye la referencia ya comunicada sin indicarlo expresamente.

04

Cuándo puede considerarse una revisión

Puede considerarse una revisión cuando la base documentada cambia de forma material, por ejemplo por observaciones verificadas adicionales, una duración mayor establecida mediante observaciones repetidas, un cambio de la disponibilidad técnica verificada del recurso identificado, una referencia de valoración documentada diferente o una conversión de divisa de referencia registrada. El mero paso del tiempo, por sí solo, no se considera justificación suficiente para un aumento.

05

Divisa y tipos de referencia

Cuando un importe de referencia se normaliza a otra divisa, el sistema registra el tipo de referencia y la fecha utilizados para la correspondencia. Una vez comunicado un importe financiero, las variaciones ordinarias posteriores del tipo de cambio no modifican automáticamente ese importe. Una revisión monetaria debe revisarse y aprobarse como cualquier otra revisión.

06

Aprobación por una persona y trazabilidad

Si una nueva recomendación calculada difiere de un importe ya comunicado, un administrador autorizado debe revisar el importe anterior, la nueva recomendación y el expediente, aportar una justificación escrita y aprobar expresamente la revisión antes de que pueda sustituir el importe actual del expediente. La aprobación queda registrada en la pista de auditoría.

07

Qué muestra la correspondencia siguiente

Cuando el importe permanece sin cambios, la explicación de valoración registra la continuidad con la correspondencia financiera anterior. Cuando se utiliza una revisión aprobada, la nueva correspondencia registra el importe comunicado anteriormente, el nuevo importe revisado y el motivo aprobado por una persona.

08

Integridad histórica

Los PDF anteriores, los registros de envío, las pruebas y los historiales de correspondencia permanecen sin cambios. Una revisión posterior crea un nuevo estado documentado sin modificar de forma retroactiva lo que ya se envió.

Licencia, corrección o pregunta

Si ha recibido correspondencia de un expediente y considera que los hechos registrados, el estado de la licencia, la duración, la identidad del destinatario o la base de valoración son incompletos o incorrectos, utilice el portal seguro indicado en la correspondencia o contacte con copyright@atlantic-image-defense.com. Toda corrección material se revisa antes de cualquier actuación posterior.

Atlantic Image Defense LLC

Atlantic acompaña a fotógrafos y titulares de derechos mediante la supervisión de imágenes, la organización de pruebas, la revisión de licencias y la preparación responsable de casos.

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Contacto

ATLANTIC IMAGE DEFENSE LLC
54 State Street, Ste 804
PMB 17418
Albany, NY 12207
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+1 (347) 853-8625 contact@atlantic-image-defense.com privacy@atlantic-image-defense.com copyright@atlantic-image-defense.com
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© 2026 ATLANTIC IMAGE DEFENSE LLC. Todos los derechos reservados. Sociedad activa registrada en el estado de Nueva York con el DOS ID 7924876, Filing Number 260526002009.

Fabricado en Estados Unidos de América CCB.gov – Copyright Claims Board

COPYRIGHT CLAIMS BOARD
P.O. Box 70400
Washington, D.C. 20024-0400
(202) 707-3000 o
1 (877) 476-0778 (toll-free)

  • Uso aceptable
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¿Es usted fotógrafo, representante de autores o plataforma de distribución de imágenes? Los derechos de autor sobre una fotografía nacen con su creación y pertenecen a su autor desde el primer momento, sin ninguna formalidad. El registro no es una condición de la protección: ni en Estados Unidos (17 U.S.C. §§ 102(a), 201(a) y 408(a)); ni en los más de 180 Estados parte del Convenio de Berna, en América, Europa, África, Asia y Oceanía (art. 5.2); ni en los países miembros de la Organización Mundial del Comercio, obligados a aplicar estas normas por el Acuerdo sobre los ADPIC (art. 9.1), ni en los que se han adherido al Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor (art. 3).

El registro en la U.S. Copyright Office resulta útil, e incluso necesario, en casos concretos: para una obra estadounidense, es obligatorio antes de cualquier acción ante un tribunal federal (§ 411(a)); para acudir al Copyright Claims Board es necesario haber presentado una solicitud de registro (§ 1505); realizado antes de la infracción o dentro de los tres meses siguientes a la publicación, da derecho a la indemnización legal (statutory damages) y al reembolso de los honorarios de abogado (§ 412); realizado dentro de los cinco años siguientes a la publicación, permite presumir la validez del derecho (§ 410(c)).

ATLANTIC IMAGE DEFENSE puede recibir el mandato para cualquiera de los dos servicios, que se tramitan por separado: la defensa de sus fotografías, que siempre empieza por una gestión amistosa ante el usuario; el registro de sus obras, realizado directamente ante la U.S. Copyright Office en virtud de un mandato firmado previamente, según los plazos propios de ese organismo. ATLANTIC IMAGE DEFENSE no está vinculada a la Copyright Office ni al CCB. Registrar una obra en la U.S. Copyright Office

En Estados Unidos, los derechos de autor sobre una fotografía duran, en principio, toda la vida del autor y 70 años después de su muerte (17 U.S.C. § 302(a)); el Convenio de Berna fija un mínimo de 50 años tras la muerte (art. 7.1), plazo que el Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor extiende a las fotografías (art. 9).